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AUTONOMÃA |
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f. Condición del pueblo que goza de independencia política. || 2. Poder de unidades administrativas inferiores al Estado para gobernarse en aspectos internos mediante órganos y legislación propia. Se diferencia de la mera descentralización en la capacidad de la administración autónoma para darse a sí misma leyes. || 3. Condición de personas o entidades que no dependen de otras. || 4. Capacidad máxima de un vehículo para viajar sin necesidad de repostar combustible.
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