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HEREDAMIENTOS |
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| Â Concepto jurÃdico vinculado a los repartos de
tierras tras la conquista y repoblación de AndalucÃa en el siglo XIII. El
término se reserva para designar a los bienes inmuebles que son
entregados a los pobladores propiamente dicho, en función de su condición
socio-militar: caballeros hidalgos, caballeros villanos y peones. La
donación comporta una serie de obligaciones mÃnimas: residencia,
explotación, imposibilidad de su enajenación en un plazo determinado de
años y defensa de la tierra. Además, los heredamientos, cuyo volumen
constituÃa la mayor parte de la tierra repartida, son bloques homogéneos
y cerrados de propiedad, integrados por casas, solares, tierras de labor,
olivares, viñas y huertas. Su extensión varÃa según la condición social
del beneficiario, siendo los de mayor amplitud los entregados a los
caballeros hidalgos, generalmente el doble que al peón.
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