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VASALLOS |
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Según la terminologÃa feudal, este concepto hace
referencia a los nobles sometidos al rey o a otro noble en virtud a la
relación de vasallaje
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. Sin embargo, en la PenÃnsula Ibérica, sólo en
Cataluña reciben esta denominación antes del siglo X, mientras que para
el resto del territorio se utilizaba el término de fideles y milites. A
principios del siglo XI esta expresión se generaliza en el territorio
hispano, aunque nunca fue una designación exclusiva de las relaciones
feudo-vasalláticas, aplicándose indistintamente a los dos tipos de
vinculación personal: la superior o noble, que obligaba a servicios de
armas ?el vasallaje en el sentido del feudalismo europeo? y la inferior
de los encomendados o sometidos a potestad señorial, que sólo conllevaba
prestaciones económicas. De hecho, en la Castilla bajomedieval, esta
acepción es la más común, lo que hace emparentar el vasallaje con el
régimen señorial, aunque en esencia, no tienen nada que ver. Asà pues, se
llaman vasallos en la Edad Media hispana los nobles vinculados por una
relación de vasallaje de tipo feudal, los encomendados y los hombres de
señorÃo, y todos los nacidos en el territorio de un Estado que por tal
razón eran súbditos naturales del soberano.
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