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MILICIAS MUNICIPALES |
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| Término de tradición militar castellano-leonesa que
se introduce en la Andalucía cristiana del Valle del Guadalquivir a raíz
de su proceso conquistador y sobre todo repoblador del siglo XIII para
referirse a las tropas reclutadas, organizadas y sustentadas por los
concejos
*
o municipios de la región, y compuesta por los
vecinos de cada localidad. Los fueros municipales andaluces y las
diferentes normativas regias de derecho local regularon durante los
siglos XIII, XIV y XV las obligaciones militares de los vecinos, tales
como la duración y las condiciones del servicio militar, las pagas y los
salarios, los armamentos ya fuesen caballeros, hidalgos y villanos, o
peones, etc., sobre la base, por todos aceptadas, de constituir ésta una
carga muchas veces onerosa, pero necesaria y vital en la defensa de la
Frontera. Por lo que el gravamen de acudir a la milicia concejil se
convirtió en un compromiso personalísimo, sólo sustituible mediante
padrones y contratos, en casos muy justificados, ante las autoridades
municipales responsables de las mismas como fueron los jurados de las
collaciones, o parroquias, y los alcaldes mayores. La falta injustificada
acarreaba severas multas en una sociedad como la andaluza en la Edad
Media, mayoritariamente ?organizada para la guerra?.
En Andalucía las milicias concejiles nunca fueron
ejércitos permanentes; sino que se reclutaban y se armaban al ser
convocadas por el monarca o por sus oficiales regionales delegados como
el Adelantado Mayor de Andalucía sobre el censo o padrón militar de todos
los vecinos varones mayores de 14 años que tenían por fueros éstas
obligaciones guerreras. En la Frontera, las milicias concejiles,
agrupadas en torno al pendón o enseña de sus respectivas villas y
ciudades, bajo la autoridad militar del alguacil mayor y del alférez o
capitán, constituían la columna armada fundamental de la hueste regía.
Sobre ella recaían no sólo las obligaciones militares fronterizas, sino
también la persecución de los delincuentes y malhechores y la
salvaguardia del orden y la seguridad en la villa y en su término o
alfoz. Un conjunto de alardes y revistas periódicas ante los oficiales
municipales responsables mantenían en buen estado la eficacia militar de
las milicias, si bien esta siempre fue muy deficiente durante toda la
Baja Edad Medía. Pero a diferencias de otras modalidades de milicias como
las señoriales, las municipales gozaron siempre en Andalucía de la
confianza de los monarcas castellanos por su demostrada fidelidad en las
guerras de conquista contra los granadinos y norteafricanos.
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