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MILICIAS MUNICIPALES

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Término de tradición militar castellano-leonesa que se introduce en la Andalucía cristiana del Valle del Guadalquivir a raíz de su proceso conquistador y sobre todo repoblador del siglo XIII para referirse a las tropas reclutadas, organizadas y sustentadas por los concejos *  o municipios de la región, y compuesta por los vecinos de cada localidad. Los fueros municipales andaluces y las diferentes normativas regias de derecho local regularon durante los siglos XIII, XIV y XV las obligaciones militares de los vecinos, tales como la duración y las condiciones del servicio militar, las pagas y los salarios, los armamentos ya fuesen caballeros, hidalgos y villanos, o peones, etc., sobre la base, por todos aceptadas, de constituir ésta una carga muchas veces onerosa, pero necesaria y vital en la defensa de la Frontera. Por lo que el gravamen de acudir a la milicia concejil se convirtió en un compromiso personalísimo, sólo sustituible mediante padrones y contratos, en casos muy justificados, ante las autoridades municipales responsables de las mismas como fueron los jurados de las collaciones, o parroquias, y los alcaldes mayores. La falta injustificada acarreaba severas multas en una sociedad como la andaluza en la Edad Media, mayoritariamente ?organizada para la guerra?.

En Andalucía las milicias concejiles nunca fueron ejércitos permanentes;  sino que se reclutaban y se armaban al ser convocadas por el monarca o por sus oficiales regionales delegados como el Adelantado Mayor de Andalucía sobre el censo o padrón militar de todos los vecinos varones mayores de 14 años que tenían por fueros éstas obligaciones guerreras. En la Frontera, las milicias concejiles, agrupadas en torno al pendón o enseña de sus respectivas villas y ciudades, bajo la autoridad militar del alguacil mayor y del alférez o capitán, constituían la columna armada fundamental de la hueste regía. Sobre ella recaían no sólo las obligaciones militares fronterizas, sino también la persecución de los delincuentes y malhechores y la salvaguardia del orden y la seguridad en la villa y en su término o alfoz. Un conjunto de alardes y revistas periódicas ante los oficiales municipales responsables mantenían en buen estado la eficacia militar de las milicias, si bien esta siempre fue muy deficiente durante toda la Baja Edad Medía. Pero a diferencias de otras modalidades de milicias como las señoriales, las municipales gozaron siempre en Andalucía de la confianza de los monarcas castellanos por su demostrada fidelidad en las guerras de conquista contra los granadinos y norteafricanos.

 
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