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COLLACIóN |
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Término castellano vinculado al ámbito de la
administración y el gobierno urbano que penetra en Andalucía con la
repoblación del siglo XIII al compás de la nueva institución concejil. La
collación es, ante todo, un distrito eclesiástico bien delimitado, con
una antigua mezquita cristianizada a modo de iglesia, que le suele dar el
nombre y constituye el eje social de la vida cotidiana de la comunidad
parroquial. Goza, incluso, de personalidad jurídica propia dentro de la
unidad municipal que establecen los fueros y ordenamientos locales. En
las ciudades y villas de Andalucía los vecinos se agrupan por collaciones
y éstas sirven de base para la recaudación fiscal, los servicios públicos
y el reclutamiento militar, en respectivos padrones. En las ciudades de
Sevilla y Córdoba durante los siglos XIV y XV, algunos oficios
municipales importantes, como los jurados, se eligen atendiendo a las
diferentes collaciones. La collación como distrito urbano se mantiene
vigente hasta el final de la Edad Moderna, para ser sustituida más tarde
por los
quarteles
o barrios.
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